Explicación de cumplimiento de sanciones y controles de exportación de Estados Unidos para sujetos no estadounidenses
en aduanas y problemas de cumplimiento.
eficiente y seguridad en pagos.
I.Antecedentes y descripción general
El 6 de marzo de 2024,el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ),la Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio (BIS) y la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro (OFAC) publicaron conjuntamente una guía de cumplimiento titulada ?Obligaciones de los sujetos no estadounidenses de cumplir con las leyes de sanciones y control de exportaciones de EE.UU.?.Esta iniciativa tiene como objetivo aclarar las responsabilidades legales de las personas y entidades extranjeras en el marco de las leyes de sanciones y control de exportaciones de EE.UU.así como las disposiciones legales que la comunidad empresarial debe conocer y respetar,especialmente en el caso de las empresas no estadounidenses que tienen relaciones comerciales con EE.UU.o que pueden estar involucradas en asuntos sujetos a la jurisdicción legal de EE.UU.
II.Aplicabilidad de las leyes de sanciones y control de exportaciones de Estados Unidos
(I) Leyes de sanciones de Estados Unidos
Estados Unidos administra y ejecuta sanciones económicas y comerciales dirigidas a países,entidades y personas específicas a través de OFAC.Estas medidas incluyen la congelación de bienes,restricciones a ciertas transacciones y prohibiciones comerciales totales o parciales.Los objetivos de las sanciones estadounidenses incluyen regímenes extranjeros considerados una amenaza para la seguridad nacional y la política exterior de Estados Unidos,terroristas,traficantes internacionales de drogas y otros actores maliciosos.
(II) Leyes de control de exportación
El control de exportaciones de Estados Unidos es implementado por la BIS conforme a la Export Control Reform Act de 2018 (ECRA) y las Export Administration Regulations (EAR).Las EAR no solo regulan los artículos exportados desde Estados Unidos,sino también las reexportaciones,las transferencias en el extranjero,los artículos fabricados en el extranjero que contengan componentes o software originarios de EE.UU.así como ciertos artículos fabricados en el extranjero que se produzcan utilizando tecnología o equipos de producción estadounidenses.
III.Riesgos legales a los que se enfrentan las entidades no estadounidenses
Las compa?ías no estadounidenses que no cumplan con las sanciones o las leyes de control de exportación de EE.UU.pueden enfrentar riesgos legales y económicos significativos,incluyendo sanciones civiles o penales.En particular,OFAC puede imputar responsabilidad civil bajo el principio de “responsabilidad estricta”,incluso si la entidad no estadounidense no era consciente de que sus acciones infringían la ley de EE.UU.
IV.Medidas de cumplimiento y precauciones
Las entidades no estadounidenses deben adoptar las siguientes medidas de cumplimiento para reducir el riesgo de infringir las leyes de sanciones y control de exportaciones de EE.UU.:
1、Elaborar e implementar programas de cumplimiento basados en riesgos:Establecer y mantener un marco de cumplimiento efectivo,que incluya controles internos,auditorías y programas de capacitación,para gestionar los flujos de pagos y mercancías relacionados con los negocios en Estados Unidos.
2.Conoce a tu cliente (KYC):Fortalecer la debida diligencia del cliente,asegurando la integración adecuada de la información del cliente y los datos geográficos con los protocolos de filtrado de cumplimiento.
3.Evaluación de riesgos:Realizar evaluaciones de riesgo de manera regular sobre las actividades comerciales,en particular aquellas transacciones que involucren países,personas o entidades sancionados.
4.Autodivulgación proactiva:Si se considera que podría haberse violado la ley de los Estados Unidos,se debe revelar voluntariamente la posible infracción ante las autoridades correspondientes.
5、Monitoreo y reporte:Establecer mecanismos efectivos de monitoreo y reporte para asegurar la identificación,el reporte y la resolución rápidas de los problemas de cumplimiento.
Las entidades no estadounidenses deben reconocer que,cuando tienen operaciones con Estados Unidos o sus actividades pueden verse afectadas por las leyes de sanciones y control de exportación de ese país,deben adoptar medidas proactivas para garantizar el cumplimiento normativo.Al implementar programas de cumplimiento sólidos y adoptar estrategias adecuadas de gestión de riesgos,pueden mitigar eficazmente el riesgo de infracciones y proteger a la empresa de posibles consecuencias legales y económicas.

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